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Gracias a Javyer me entero de que la Agencia Española de Protección de Datos ha iniciado un proceso sancionador contra la SGAE.

Todo esto se remonta a marzo del 2006 cuando la SGAE contrato a un detective para determinar si se reproducía música con derechos de autor en las bodas. Lo que hizo este detective es colarse “destrangis” en una boda y grabar lo que allí sucedía sin la autorización del local.

Poco tiempo después la SGAE denunció al salón de bodas La Doma San José (San Juan de Aznalfarache, Sevilla) por reproducir música bajo derechos de autor y presentó la grabación de la boda como prueba. El juez anuló esta prueba por considerarla una clara violación del derecho constitucional a la intimidad y a la propia imagen.

A pesar de que el juez anuló esta prueba, el salón de bodas fue condenado a pagar 43.179 euros a la SGAE en concepto de derechos de autor.

Un mes después de la condena, la Asociación para la Protección de Datos Personales de los Consumidores (Consudato) demandó a la SGAE por la grabación de ese vídeo y luego haberlo usado en el juicio como prueba contra el salón de bodas.

Ahora la Agencia Española de Protección de Datos ha iniciado un procedimiento sancionador contra la SGAE por grabar sin permiso esa boda y aportar el vídeo al juicio. La multa puede ser entre 60.101 y 300.506 euros.

Esta multa para la SGAE en realidad no supondría más que calderilla (unos miserables centimos como ellos dicen) con respecto a lo que ya nos estan robando. Ojalá les den duro.

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